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Vídeo: Pillada poniendo trampas para ciclistas en los caminos

Recogemos hoy, el vídeo publicado por TrackMTB, en el que se encuentran con una persona que se dedica a poner ramas y obstáculos a ciclistas.

Quien graba el vídeo le recrimina que poner esas trampas para ciclistas es vandalismo, pero ella no lo reconoce escudándose en que por ahí no se puede pasar según la ley del Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares. No sabemos dónde estaba ese camino, y es cierto que no parece que tenga tres metros, lo necesario según la ley del Parque que reproducimos más abajo,pero también lo es que tomarse la justicia por su mano y poner en riesgo a otras personas no parece una solución muy inteligente.

Y también que esta misma mujer debería recordar que según la misma ley que nombra, tampoco se pueden llevar perros sueltos, como el que la acompaña. (Más abajo también reproducimos el reglamento que lo recuerda). ¡La ley es para todos!

Dicho todo esto, se pueda o no pasar por ahí, la solución no son los vengadores solitarios que

Lo dicho, la ley dice sobre las bicicletas:

17. La circulación de bicicletas de montaña y velocípedos en general en las zonas del ámbito de ordenación que admitan este uso se limitará a pistas forestales y caminos abiertos por maquinaria de anchura de plataforma superior a los tres metros, así como a las pistas, caminos, senderos, vías pecuarias, vías de tránsito y rutas tradicionalmente utilizados; salvo en las Zonas de Reserva donde estará prohibida y sin perjuicio de la regulación que sobre esta actividad establezcan los instrumentos de gestión de los espacios naturales protegidos que se declaren. Las personas que circulen en bicicletas de montaña o velocípedos en general respetarán siempre a los senderistas y caballistas, que tendrán prioridad de paso en este orden.

18. En casos excepcionales, el organismo ambiental competente podrá autorizar en los montes que gestiona la Comunidad de Madrid, fuera de las zonas y vías de tránsito permitidas, la práctica de deportes u otro tipo de actividades y trabajos con bicicletas y velocípedos en general. El desarrollo de estos eventos vendrá regulado por lo dispuesto en la Resolución de 27 de julio de 1989, de la Agencia de Medio Ambiente, por la que se regula la circulación y prácticas deportivas con bicicletas y velocípedos en general en los montes administrados por la Comunidad de Madrid.

19. No precisará de autorización el tránsito de bicicletas y velocípedos en general que hayan de circular campo a través o fuera de las zonas y vías de tránsito autorizadas para el desarrollo de cometidos de vigilancia, conservación o aprovechamiento de los predios, así como en casos de emergencia o fuerza mayor.

Ah! Yno hay que olvidar que sobre los perros (que se ve que lo lleva suelto), dice:

9. El régimen general de visitas se ajustará a lo siguiente:

f) Excepto en las Zonas de Transición, los perros que circulen por el ámbito de ordenación deberán ir atados para evitar posibles molestias a la fauna o a otros usuarios, salvo que estén participando en alguna actividad cinegética debidamente autorizada, que se trate de animales propios de explotaciones, edificaciones o instalaciones privadas en el entorno inmediato de las mismas o de animales al servicio de pastores de ganado.

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